Ya hemos apuntado la ley en el artículo anterior con un caso muy característico, pero el concepto ley es mucho más complejo como vamos a ver.
Estamos acostumbrados al Sistema Métrico Decimal y creemos que siempre ha sido así, siendo este sistema muy actual pues se comenzó a utilizar en el siglo XIX.
En las monedas que se exponen se indicará indistintamente la nomenclatura antigua en dineros… o la moderna en milésimas. Depende de la información que nos dan los distintos autores.
Comencemos con la plata.
Aproximadamente hasta el reinado de Isabel II le ley de la plata se establecía así:
La plata pura tenía una ley de 12 dineros, y un dinero 24 granos.
1 dinero = 83,333 milésimas
1 grano = 3,472 milésimas
Es decir que en el caso de las monedas de plata un grano era 1/24 del dinero. He introducido a veces las milésimas correspondientes para que sea más comprensible.
Felipe II, Méjico, 4 reales, ley posible 11 dineros 4 granos
La ley de las monedas de plata del Reino de Castilla, aceptada como buena y legal era de 11 dineros y 4 granos, ley que se generalizó al resto de Reinos españoles. Al no estar nosotros acostumbrados a estas magnitudes no entendemos cuál era la proporción de metal fino. Pues transformada en milésimas serían 930.
Fernando VI, 2 reales columnarios de la ceca e Méjico
Ley 11 dineros
Felipe V organiza importantes reformas en el numerario. La pragmática de 1728 lleva la ley de la plata a 11 dineros (916´6 milésimas), situación que se prolongará hasta 1772. Esta ley de 11 dineros será la que presenten los columnarios, como es el caso que nos ocupa.
Carlos III, 4 reales, ceca de Madrid
Ley 10 dineros, 20 granos
Y en 1772, Carlos III expidió una orden por la que se rebajaba la ley en todas las monedas acuñadas en el reino, ya fuese en la península o en las Indias. La plata se situaba ahora en 10 dineros y 20 granos (902´77 milésimas). Podríamos hablar largo y tendido sobre las causas que impulsaron esa orden, pero sólo indicaré una cosa, la orden fue secreta.
Carlos IV, 4 reales ceca de Méjico, año 1789
Ley 10 dineros y 18 granos
Y en 1786 una nueva orden bajaba otra vez la ley de las monedas de plata, quedando en 10 dineros y 18 granos (875 milésimas).
Obsérvese en este caso que aunque la moneda es de Carlos IV, la efigie sigue aún con Carlos III. No había dado tiempo a realizar los cambios.
Isabel II, 40 céntimos de escudo, ley 810 milésimas
Con Isabel II se inicia la modernidad en muchos órdenes, entre ellos los sistemas de metrología, instaurándose el Sistema Métrico Decimal. Para ello, si se trata de la plata, la ley se mide en milésimas.
Pero ese paso del sistema antiguo al moderno se produce de una forma escalonada. Así en el caso que nos ocupa ya se habla de céntimos de la unidad, sólo que se mantenía una unidad antigua. Y así tenemos céntimos de escudo.
Pues bien, los 40, 20 y 10 céntimos de escudo se fabrican con una ley de 810 milésimas.
Si se observan los casos que se han presentado, desde Felipe II hasta Isabel II vemos que se ha ido produciendo una bajada continuada de la ley en las monedas de plata.
Felipe V, dos reales de 1708, Segovia, ley 10 dineros
Las guerras y periodos de inestabilidad llevan a una bajada de la ley monetaria. La Guerra de Sucesión, por ejemplo, provocó unos altibajos en la moneda de plata que afectan, cómo no, a la ley. Estos dos reales son de ley 10 dineros (833´33 milésimas) cuando la ley en esos años era de 11 dineros.
Al acuñarse esta moneda estaba la Guerra de Sucesión en plena efervescencia.
¿Qué ganaba el Estado con ese cambio? Muy sencillo, con una misma cantidad de plata se acuñaban más monedas. Había que pagar los ejércitos que, como se sabe, son insaciables.